Los drones y las Administraciones públicas
El auge que tienen los drones en la sociedad pone de relieve la obligación que tienen las
administraciones públicas españolas de conocer la norma que los regula, las competencias que tienen
sobre su uso y qué deben hacer para utilizar este tipo de aeronaves al objeto de realizar algún servicio
de su competencia.
La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), en aplicación del enfoque preventivo de la seguridad,
quiere informar sobre el marco regulatorio existente para el uso de aeronaves pilotadas por control
remoto que realicen actividades profesionales o lúdicas, sobre la competencia en la materia que tienen
los Ayuntamientos, Diputaciones o Comunidades Autónomas, e indicar las pautas a seguir en los casos
en los que se dirijan a ellos para realizar vuelos con un dron/RPAS en su municipio.
Los RPAS son aeronaves pilotadas por control remoto y, por tanto, hay que utilizarlos con la formación
adecuada, en los espacios adecuados y aplicando las medidas de seguridad oportunas. Su uso está
regulado por el RO 1036/2017, de 15 de diciembre, por el que se regula la utilización civil de las
aeronaves pilotadas por control remoto y se modifican el Reglamento del Aire (RO 552/2014, de 27 de
junio) y el Reglamento de Circulación Aérea {RO 57/2002, de 18 de enero}, puesto que es necesario
garantizar la seguridad de las personas y bienes en tierra, así como la del resto de las aeronaves en el
espacio aéreo.
Sabes ¿qué se necesita para realizar un vuelo profesional? ¿dónde se puede usar y dónde no un dron como actividad recreativa? ¿cómo habilitarse como operador o cómo contratar una empresa operadora? Conoce la respuesta a estas y otras preguntas relacionadas con el mundo del uso de drones, así como la normativa en materia de drones y Administraciones públicas.
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